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Prórroga de la autorización de estancia de larga duración por estudios, servicios de voluntariado o actividades formativas
Información del Procedimiento

PRÓRROGA DE LA AUTORIZACIÓN

Durante los dos meses previos o en los tres meses posteriores a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización, la persona titular de la misma podrá solicitar una prórroga cuando acredite la continuación de los estudios.

La prórroga deberá solicitarse por medios electrónicos, por la persona extranjera o a través de representante, en modelo oficial, e irá dirigida a la oficina de extranjería de la provincia donde obtuvo la autorización inicial.

 

Ver artículo 55 del RD 1155/2024, de 19 de noviembre.

 

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, tendrán obligación de relacionarse a través de los medios electrónicos habilitados las personas físicas que presenten, entre otros, las solicitudes de prórroga de autorizaciones de estancia por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas. Consulte FORMAS DE PRESENTACIÓN